Obligaciones de las entidades de crédito y proveedores de pago

– Información precontractual

El Banco de España en su circular 5/2012 destinada a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, entre sus medidas para la transparencia de los servicios bancarios, destaca en su capítulo III la información precontractual a entregar a sus clientes.

Las entidades se encuentran obligadas a facilitar de forma gratuita toda la información precontractual que sea necesaria para que el cliente pueda comparar y decidir. En el caso que se hable de una oferta vinculante se deberá indicar este aspecto y su periodo de validez.

En los depósitos a la vista y de ahorro, se informará sobre las formas de ingresos  y disposiciones. Si existieran tarjetas, cheques u otros instrumentos de pagos se indicará este hecho, así como los costes asociados y condiciones de uso. Además de la duración del contrato, se comunicaran todas las comisiones o gastos con indicación de las condiciones de aplicación y su frecuencia. Para la retribución de la cuenta, se comunicará el tipo a aplicar, los índices o tipos a aplicar y la periocidad. Si el tipo acreedor fuera superior al 1% se indicará la tasa anual equivalente (TAE), unido a un ejemplo. Para finalizar se referenciará a la adhesión al fondo de garantía de depósitos.

Hablando de depósitos a plazo con garantía del principal, en líneas generales coinciden con las de los depósitos a la vista, destacando la imposibilidad de reducir el capital inicial de la inversión debido a una cancelación anticipada.

Los créditos y préstamos hipotecarios encuentran una novedad interesante, la adhesión o no a un código  de buenas prácticas bancarias, en cuanto al resto pocos cambios: comunicación del tipo de crédito, razón del prestamista, importe del préstamo y moneda, duración, TAE, importe y número  y la periocidad de pagos, gastos de las cuentas asociadas a los pagos, entre otros.

El negociado de cheques incluirá el “salvo buen fin”, el plazo máximo desde su presentación hasta su cobro efectivo, el conjunto de comisiones y gastos y la actuación ante impagos.

Avales, fianzas y garantías prestados por la entidad delimitarán la obligación, el afianzado y el beneficiario de a operación. La duración, gastos y comisiones, y las causas de extinción de la garantía.

El BOE referencia dos aspectos interesantes: resaltar únicamente unos conceptos en los contratos y el milímetro y medio como medida menor para las minúsculas.

Jose Vicente Sorni Ferrer

jvsorni@gregal.info